Resolución de la AMM sobre la Prohibición de las Armas Químicas


Adoptada por la 64ª Asamblea General, Fortaleza, Brasil, octubre 2013, y
reafirmada con revisiones menores por la 215ª sesión del Consejo (en línea), Córdoba, España, octubre de 2020

INTRODUCCION

Durante siglos se ha reconocido que ciertos agentes químicos pueden afectar la conciencia u otros factores que tienen una influencia en la capacidad de una persona de participar en combate, en especial durante guerras. Más recientemente, algunos agentes han sido utilizados para incapacitar temporalmente a manifestantes en disturbios civiles, manifestaciones o desórdenes. En la guerra, estos agentes han tenido históricamente una importante morbilidad y mortalidad y han incluido gases nerviosos y otros relacionados.

A pesar de una amplia condena, estas armas fueron muy utilizadas a principios del siglo 20. Un movimiento mundial para proscribir el uso de dichas armas llevó a la elaboración de la Convención sobre Armas Químicas (CWC) que entró en vigencia en 1997 y fue abierta para firmas en 1993.  A octubre de 2020 sólo tres países no han ratificado o accedido a la CWC.

La producción, almacenamiento y uso de armas químicas están prohibidos. No obstante, estas armas han sido utilizadas por fuerzas de Estado y actores no estatales en varios países. Por su naturaleza, estas armas son indiscriminadas. Su uso ha producido muertes, lesiones y sufrimiento humano en dichos países.

Los agentes químicos utilizados por la policía, incluidos los militares que actúan como policías, están permitidos por la CWC. Se mantienen importantes conversaciones internacionales sobre la definición de estos agentes y las situaciones en que se pueden usar. Cabe observar que la CWC parece suponer que estos agentes no son letales, pero el uso de cualquier agente podría tener consecuencias fatales. Los que los utilizan o autorizan su uso deben asegurarse que no sean utilizados de manera que impliquen riesgo de muerte o graves lesiones para las personas elegidas como objetivo.

RECOMENDACIONES

  1. La AMM constata que la creación, producción, almacenamiento y empleo de armas químicas están prohibidos por la CWC y que el uso de estas armas es considerado por algunos como un crimen de lesa humanidad, sin considerar si las poblaciones como objetivos son civiles o militares.
  2. La AMM insta a todas las partes pertinentes a realizar esfuerzos activos a fin de respetar la prohibición de la CWC de crear, producir, almacenar y emplear armas químicas.
  3. La AMM insta al apoyo de todos los Estados parte de la CWC para destruir de manera segura todas las armas químicas almacenadas.
  4. La AMM pide medidas independientes eficientes de responsabilidad y presentar a la justicia a los responsables de la utilización de armas químicas.
  5. La AMM insta a los Estados que utilizan agentes químicos en el control de disturbios y situaciones relacionadas a considerar cuidadosamente y reducir al mínimo los riesgos y, cuando sea posible, evitar dicho uso. Toda utilización debe incluir los procedimientos necesarios para disminuir el riesgo de muerte o lesiones graves. No deben ser utilizados de manera que aumenten deliberadamente el riesgo de lesión, daño o muerte para sus objetivos.
  6. Al reafirmar su Declaración sobre la Protección y la integridad del personal médico en situaciones de violencia y su Declaración sobre la Protección del personal de salud en situaciones de violencia, la AMM enfatiza el grave riesgo de exponer a los profesionales de la salud a productos químicos cuando cumplen con sus deberes médicos de prestar primeros auxilios a heridos en un contexto de disturbios.
Resolución
Acuerdo internacional, Armas químicas, Asesinatos, Convención, Daños, Venenos