Directrices de la AMM sobre la igualdad LGBTQ en los lugares donde se celebran reuniones y funciones de la AMM


Adoptadas por 220ª Sesión del Consejo de la AMM, París (en línea), abril 2022

INTRODUCCIÓN

Es bien sabido que la opresión o represión de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero y queer (LGBTQ) puede tener graves consecuencias para la salud y se opone a los principios humanitarios de la profesión médica. La Declaración de la AMM sobre las variaciones naturales de la sexualidad humana condena todas las formas de estigmatización, criminalización y discriminación de las personas en función de su orientación sexual, y promueve la igualdad en la salud así como en la aceptación social.

En algunos países, ser abiertamente LGBTQ es un acto criminal, tratado con el encarcelamiento, el castigo físico o la ejecución. En 2019, la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos recomendó el fin de las leyes contra la sodomía.

La presencia de la AMM cuando se reúne brinda la oportunidad de interactuar con los líderes políticos y de salud del país anfitrión y confiere un mínimo de honor al ser elegida para servir como nación anfitriona. Brinda la oportunidad de aumentar la comprensión en las discusiones sobre nuestra política. En situaciones donde la comunidad LGBTQ es discriminada o criminalizada, nuestros delegados e invitados deben estar protegidos.

 La Declaración de Ginebra de la AMM se expresa en contra de las formas de no discriminación sobre la base de la orientación sexual. La no criminalización de la comunidad LGBTQ es un cambio social en progreso en todo el mundo.

Directrices para los lugares de las reuniones y eventos de la AMM

  1. La AMM reafirma su compromiso con la no discriminación.
  2. Es práctica de la AMM tener en cuenta la seguridad de los participantes en las reuniones y eventos de la AMM, incluidos los miembros de la comunidad LGBTQ.
  3. El requisito de que los países anfitriones sean seguros para los participantes de la AMM, incluidos los miembros de la comunidad LGBTQ, debe indicarse claramente al inicio en los criterios para su consideración.
  4. Con el apoyo del miembro constituyente candidato a celebrar una reunión de la AMM, la secretaría de la AMM examinará la legislación y las prácticas del país en cuestión, centrándose en la situación de la comunidad LGBTQ. La información así recogida será tenida en consideración por el Consejo.
  5. Si la legislación y regulaciones vigentes en un país anfitrión potencial se considera contraria a los principios de esta política, el Consejo rechazará la solicitud para celebrar la reunión del Consejo en ese país o recomendará a la Asamblea General no celebrar la reunión de la Asamblea General en dicho país a menos que el Consejo o la Asamblea General concluya que circunstancias especiales justifican una excepción a esta política, siguiendo los Estatutos de la AMM. Si la solicitud es rechazada, la decisión será debidamente notificada al miembro constituyente candidato anfitrión.

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