Archivadas: Declaración de la AMM sobre el Uso y Abuso de Drogas Psicotrópicas


Adoptada por la 29a Asamblea Médica Mundial Tokio, Japón, octubre 1975
y enmendada por la 35a Asamblea Médica Mundial Venecia, Italia, octubre 1983
y eliminadas en la Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006

  1. El uso de drogas psicotrópicas constituye un fenómeno social complejo que no es simplemente un problema médico.
  2. Dentro de la sociedad, generalemente, existe la necesidad urgente de proporcionar intensa educación pública ofrecida sin sermones morales y sin una actitud punitiva, y de fomentar el desarrollo y la demostración de alternativas prácticas del uso de drogas. Los médicos en su calidad de ciudadanos informados y conscientes, deben tomar parte en tales programas.
  3. Los médicos deben recetar drogas psicotrópicas con la mayor moderación y observando la indicación médica más estricta, asegurándose que toda prescripción de drogas psicotrópicas refleje un diagnóstico exacto, una opinión no farmacológica apropiada y una cuidadosa utilización de elementos farmacoterapéuticos.
  4. Los médicos deben aceptar la responsabilidad de compilar y proporcionar información de facto sobre los riesgos para la salud del uso no médico de toda materia psicotrópica, inclusive el alcohol.
  5. La profesión médica debe cooperar con los gobiernos y otros organismos pertinentes, y cerciorarse que esta información sea diseminada tan ampliamente como sea posible, especialmente dentro de aquellos grupos de edad con mayor posibilidad de experimentar con drogas en un gesto de reacción contra la presión ejercida por esos mismos grupos o por otros factores que conducen al mal uso y abuso de drogas, y con el objeto de preservar en cada individuo la responsabilidad y el derecho de manifestar libremente su voluntad consciente y privada.
Declaración