Adoptada por la 34ª Asamblea Médica
Mundial Lisboa, Portugal, Septiembre/Octubre 1981
y enmendada por la 39ª Asamblea Médica Mundial Madrid,
España, Octubre 1987;
la 45ª Asamblea Médica Mundial Budapest, Hungría,
Octubre 1993
y la 51ª Asamblea General de la Asociación Médica
Mundial Tel Aviv, Israel, octubre 1999
Considerando la participación de los médicos en
la medicina deportiva, la AMM recomienda las siguientes normas
éticas para los médicos, a fin de ayudar a satisfacer
las necesidades de los atletas, reconociendo las circunstancias
especiales en las que se debe prestar su atención médica
y consejos de salud,
En consecuencia:
- El médico que atiende a atletas tiene la responsabilidad
ética de tomar en cuenta los esfuerzos especiales, tanto
físicos como mentales, que se les exige durante sus participaciones
en actividades deportivas.
- Cuando el participante en competiciones deportivas es un
niño o un adolescente, el médico debe prestar
una atención primordial a su crecimiento y a su etapa
de desarrollo.
- El médico debe asegurarse de que el estado de
crecimiento y de desarrollo del niño, así
como su condición general de salud, puedan resistir
los rigores del entrenamiento y de la competición,
sin poner en peligro el desarrollo normal físico
y mental del niño o del adolescente.
- El médico debe oponerse a toda actividad deportiva
o atlética que no sea apropiada para el crecimiento
o desarrollo del niño o para su estado general de
salud. El médico debe actuar en beneficio de la salud
del niño o del adolescente, sin considerar ningún
otro interés o presión de cualquier otra fuente.
- Cuando se trata de un atleta profesional que gana su vida
gracias a esta actividad, el médico debe prestar especial
atención a las directrices de la medicina del trabajo.
- El médico debe estar consciente de que el uso de las
prácticas(1) del dopaje de parte de un médico
constituye una violación del juramento médico
y de los principios básicos de la Declaración
de Ginebra de la AMM que estipula: "velaré ante
todo por la salud de mi paciente". La AMM considera que
el problema del dopaje es una amenaza para la salud de los atletas
y de los jóvenes en general, y es también contrario
a los principios de ética médica El médico
debe entonces oponerse y negarse a utilizar o tolerar dichos
medios o método que sean contrarios a la ética
médica y/o que puedan ser dañinos para el atleta
que los utilice, especialmente:
- procedimientos que modifican artificialmente los componentes
de la sangre o la bioquímica.
- el uso de drogas u otras substancias, cualquier sea su
índole o vía de administración, inclusive
substancias que estimulan y deprimen el sistema nervioso
central y procedimientos que modifican artificialmente los
reflejos.
- intervenciones farmacológicas que pueden inducir
alteraciones de la voluntad o del estado mental general.
- procedimientos tendientes a ocultar el dolor u otros
síntomas de autoprotección utilizados para
permitir al atleta participar en pruebas, cuando hay lesiones
o síntomas que no aconsejan su participación.
- modificación artificial de las características
propias a la edad y al sexo.
- entrenamiento y participación en pruebas incompatibles
con el mantenimiento de las aptitudes, salud y seguridad
del individuo.
- medidas destinadas a aumentar o mantener artificialmente
el rendimiento durante las pruebas. El dopaje para mejorar
la capacidad del atleta no es ético.
- El médico debe informar al atleta, a sus responsables
y a otras personas interesadas sobre las consecuencias de los
procedimientos a que el médico se opone; debe velar porque
no sean utilizados, apoyar los esfuerzos de otros médicos
y de otras organizaciones que comparten el mismo objetivo, proteger
al atleta contra toda presión que pudiera incitarlo(la)
a usar estos métodos y ayudar en la vigilancia contra
estos procedimientos.
- El médico de deportistas tiene el deber de dar objetivamente
su opinión sobre la aptitud o la inaptitud del atleta
de una manera clara y precisa, sin dejar ninguna duda en cuanto
a sus conclusiones.
- En competencias deportivas o eventos deportivos profesionales,
el médico tiene el deber de decidir si el atleta está
médicamente apto para permanecer en el terreno o volver
a participar en el juego. Esta decisión no puede ser
delegada a otros profesionales o a otras personas que, en ausencia
del médico, deben seguir estrictamente sus instrucciones
dando siempre prioridad a la salud y seguridad del atleta y
no a los resultados de la prueba.
- A fin de cumplir con sus deberes éticos, el médico
de deportistas debe contar con el reconocimiento absoluto e
indiscutible de su autoridad, especialmente en lo que se refiere
a la salud, la seguridad y los intereses legítimos del
atleta, ninguno de los cuales pueden ser perjudicados en beneficio
de intereses de terceros, cualesquiera sean. Estos principios
y obligaciones deben estar sustentados por un acuerdo entre
el médico de deportistas y la organización atlética
involucrada, que reconozca que el médico está
obligado a defender los principios éticos establecidos
en declaraciones nacionales e internacionales suscritas por
la profesión médica, frente a las cuales tiene
obligaciones.
- El médico de deportistas debe facilitar al médico
personal del paciente toda información útil a
su tratamiento. Si es necesario, el médico de deportistas
debe colaborar a fin de evitar que el atleta haga esfuerzos
dañinos para su salud o utilice, para mejorar su rendimiento,
medios que puedan perjudicarle.
- En la medicina deportiva, al igual que en todas las otras
especialidades de la medicina, se debe respetar el secreto profesional,
a fin de preservar el carácter confidencial de las atenciones
prestadas al atleta, así como su intimidad, especialmente
para los atletas profesionales.
- El médico de deportistas evitará contratos
que le obligan a utilizar métodos terapéuticos
especiales única y exclusivamente para un atleta, o para
un grupo de éstos.
- Es deseable que a los médicos extranjeros que acompañan
una delegación deportiva a otro país, se les autorice
a ejercer sus funciones específicas.
- La presencia activa de un médico de deportistas es
desable cuando se elaboran los reglamentos deportivos.
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