|
Adoptada por la 18ª Asamblea Médica
Mundial, Helsinki, Finlandia, junio 1964 y enmendada por la
29ª Asamblea Médica Mundial, Tokio, Japón,
octubre 1975
35ª Asamblea Médica Mundial, Venecia, Italia, octubre
1983
41ª Asamblea Médica Mundial, Hong Kong, septiembre
1989
48ª Asamblea GeneralSomerset West, Sudáfrica, octubre
1996
52ª Asamblea General, Edimburgo, Escocia, octubre 2000
Nota de Clarificación del Párrafo 29, agregada por
la Asamblea General de la AMM, Washington 2002
Nota de Clarificación del Párrafo 30, agregada por
la Asamblea General de la AMM, Tokio 2004
59ª Asamblea General, Seúl, Corea, octubre 2008
- INTRODUCCION
- La Asociación Médica Mundial (AMM) ha promulgado
la Declaración de Helsinki como una propuesta de
principios éticos para investigación médica
en seres humanos, incluida la investigación del material
humano y de información identificables.
La Declaración debe ser considerada como un todo
y un párrafo no debe ser aplicado sin considerar
todos los otros párrafos pertinentes.
-
Aunque la Declaración está destinada principalmente
a los médicos, la AMM insta a otros participantes
en la investigación médica en seres humanos
a adoptar estos principios.
-
El deber del médico es promover y velar por la
salud de los pacientes, incluidos los que participan en
investigación médica. Los conocimientos
y la conciencia del médico han de subordinarse
al cumplimiento de ese deber.
-
La Declaración de Ginebra de la Asociación
Médica Mundial vincula al médico con la
fórmula "velar solícitamente y ante
todo por la salud de mi paciente", y el Código
Internacional de Etica Médica afirma que: "El
médico debe considerar lo mejor para el paciente
cuando preste atención médica".
-
El progreso de la medicina se basa en la investigación
que, en ultimo término, debe incluir estudios en
seres humanos. Las poblaciones que están subrepresentadas
en la investigación médica deben tener un
acceso apropiado a la participación en la investigación.
-
En investigación médica en seres humanos,
el bienestar de la persona que participa en la investigación
debe tener siempre primacía sobre todos los otros
intereses.
-
El propósito principal de la investigación
médica en seres humanos es comprender las causas,
evolución y efectos de las enfermedades y mejorar
las intervenciones preventivas, diagnósticas y
terapéuticas (métodos, procedimientos y
tratamientos). Incluso, las mejores intervenciones actuales
deben ser evaluadas continuamente a través de la
investigación para que sean seguras, eficaces,
efectivas, accesibles y de calidad.
-
En la práctica de la medicina y de la investigación
médica, la mayoría de las intervenciones
implican algunos riesgos y costos.
-
La investigación médica está sujeta
a normas éticas que sirven para promover el respeto
a todos los seres humanos y para proteger su salud y sus
derechos individuales. Algunas poblaciones sometidas a
la investigación son particularmente vulnerables
y necesitan protección especial. Estas incluyen
a los que no pueden otorgar o rechazar el consentimiento
por sí mismos y a los que pueden ser vulnerables
a coerción o influencia indebida.
-
Los médicos deben considerar las normas y estándares
éticos, legales y jurídicos para la investigación
en seres humanos en sus propios países, al igual
que las normas y estándares internacionales vigentes.
No se debe permitir que un requisito ético, legal
o jurídico nacional o internacional disminuya o
elimine cualquiera medida de protección para las
personas que participan en la investigación establecida
en esta Declaración.
- PRINCIPIOS PARA TODA INVESTIGACION MEDICA
-
En la investigación médica, es deber del
médico proteger la vida, la salud, la dignidad,
la integridad, el derecho a la autodeterminación,
la intimidad y la confidencialidad de la información
personal de las personas que participan en investigación.
-
La investigación médica en seres humanos
debe conformarse con los principios científicos
generalmente aceptados y debe apoyarse en un profundo
conocimiento de la bibliografía científica,
en otras fuentes de información pertinentes, así
como en experimentos de laboratorio correctamente realizados
y en animales, cuando sea oportuno. Se debe cuidar también
del bienestar de los animales utilizados en los experimentos.
-
Al realizar una investigación médica,
hay que prestar atención adecuada a los factores
que puedan dañar el medio ambiente.
-
El proyecto y el método de todo estudio en seres
humanos debe describirse claramente en un protocolo de
investigación. Este debe hacer referencia siempre
a las consideraciones éticas que fueran del caso
y debe indicar cómo se han considerado los principios
enunciados en esta Declaración. El protocolo debe
incluir información sobre financiamiento, patrocinadores,
afiliaciones institucionales, otros posibles conflictos
de interés e incentivos para las personas del estudio
y estipulaciones para tratar o compensar a las personas
que han sufrido daños como consecuencia de su participación
en la investigación. El protocolo debe describir
los arreglos para el acceso después del ensayo
a intervenciones identificadas como beneficiosas en el
estudio o el acceso a otra atención o beneficios
apropiadas.
-
El protocolo de la investigación debe enviarse,
para consideración, comentario, consejo y aprobación,
a un comité de ética de investigación
antes de comenzar el estudio. Este comité debe
ser independiente del investigador, del patrocinador o
de cualquier otro tipo de influencia indebida. El comité
debe considerar las leyes y reglamentos vigentes en el
país donde se realiza la investigación,
como también las normas internacionales vigentes,
pero no se debe permitir que éstas disminuyan o
eliminen ninguna de las protecciones para las personas
que participan en la investigación establecidas
en esta Declaración. El comité tiene el
derecho de controlar los ensayos en curso. El investigador
tiene la obligación de proporcionar información
del control al comité, en especial sobre todo incidente
adverso grave. No se debe hacer ningún cambio en
el protocolo sin la consideración y aprobación
del comité.
-
La investigación médica en seres humanos
debe ser llevada a cabo sólo por personas con la
formación y calificaciones científicas apropiadas.
La investigación en pacientes o voluntarios sanos
necesita la supervisión de un médico u otro
profesional de la salud competente y calificado apropiadamente.
La responsabilidad de la protección de las personas
que toman parte en la investigación debe recaer
siempre en un médico u otro profesional de la salud
y nunca en los participantes en la investigación,
aunque hayan otorgado su consentimiento.
-
La investigación médica en una población
o comunidad con desventajas o vulnerable sólo se
justifica si la investigación responde a las necesidades
y prioridades de salud de esta población o comunidad
y si existen posibilidades razonables de que la población
o comunidad, sobre la que la investigación se realiza,
podrá beneficiarse de sus resultados.
-
Todo proyecto de investigación médica en
seres humanos debe ser precedido de una cuidadosa comparación
de los riesgos y los costos para las personas y las comunidades
que participan en la investigación, en comparación
con los beneficios previsibles para ellos y para otras
personas o comunidades afectadas por la enfermedad que
se investiga.
-
Todo ensayo clínico debe ser inscrito en una base
de datos disponible al público antes de aceptar
a la primera persona.
-
Los médicos no deben participar en estudios de
investigación en seres humanos a menos de que estén
seguros de que los riesgos inherentes han sido adecuadamente
evaluados y de que es posible hacerles frente de manera
satisfactoria. Deben suspender inmediatamente el experimento
en marcha si observan que los riesgos que implican son
más importantes que los beneficios esperados o
si existen pruebas concluyentes de resultados positivos
o beneficiosos.
-
La investigación médica en seres humanos
sólo debe realizarse cuando la importancia de su
objetivo es mayor que el riesgo inherente y los costos
para la persona que participa en la investigación.
-
La participación de personas competentes en la
investigación médica debe ser voluntaria.
Aunque puede ser apropiado consultar a familiares o líderes
de la comunidad, ninguna persona competente debe ser incluida
en un estudio, a menos que ella acepte libremente.
-
Deben tomarse toda clase de precauciones para resguardar
la intimidad de la persona que participa en la investigación
y la confidencialidad de su información personal
y para reducir al mínimo las consecuencias de la
investigación sobre su integridad física,
mental y social.
-
En la investigación médica en seres humanos
competentes, cada individuo potencial debe recibir información
adecuada acerca de los objetivos, métodos, fuentes
de financiamiento, posibles conflictos de intereses, afiliaciones
institucionales del investigador, beneficios calculados,
riesgos previsibles e incomodidades derivadas del experimento
y todo otro aspecto pertinente de la investigación.
La persona potencial debe ser informada del derecho de
participar o no en la investigación y de retirar
su consentimiento en cualquier momento, sin exponerse
a represalias. Se debe prestar especial atención
a las necesidades específicas de información
de cada individuo potencial, como también a los
métodos utilizados para entregar la información.
Después de asegurarse de que el individuo ha comprendido
la información, el médico u otra persona
calificada apropiadamente debe pedir entonces, preferiblemente
por escrito, el consentimiento informado y voluntario
de la persona. Si el consentimiento no se puede otorgar
por escrito, el proceso para lograrlo debe ser documentado
y atestiguado formalmente.
-
Para la investigación médica en que se
utilice material o datos humanos identificables, el médico
debe pedir normalmente el consentimiento para la recolección,
análisis, almacenamiento y reutilización.
Podrá haber situaciones en las que será
imposible o impracticable obtener el consentimiento para
dicha investigación o podría ser una amenaza
para su validez. En esta situación, la investigación
sólo puede ser realizada después de ser
considerada y aprobada por un comité de ética
de investigación.
-
Al pedir el consentimiento informado para la participación
en la investigación, el médico debe poner
especial cuidado cuando el individuo potencial está
vinculado con él por una relación de dependencia
o si consiente bajo presión. En una situación
así, el consentimiento informado debe ser pedido
por una persona calificada adecuadamente y que nada tenga
que ver con aquella relación.
-
Cuando el individuo potencial sea incapaz, el médico
debe pedir el consentimiento informado del representante
legal. Estas personas no deben ser incluidas en la investigación
que no tenga posibilidades de beneficio para ellas, a
menos que ésta tenga como objetivo promover la
salud de la población representada por el individuo
potencial y esta investigación no puede realizarse
en personas competentes y la investigación implica
sólo un riesgo y costo mínimos.
-
Si un indivividuo potencial que participa en la investigación
considerado incompetente es capaz de dar su asentimiento
a participar o no en la investigación, el médico
debe pedirlo, además del consentimiento del representante
legal. El desacuerdo del individuo potencial debe ser
respetado.
-
La investigación en individuos que no son capaces
física o mentalmente de otorgar consentimiento,
por ejemplo los pacientes inconscientes, se puede realizar
sólo si la condición física/mental
que impide otorgar el consentimiento informado es una
característica necesaria de la población
investigada. En estas circunstancias, el médico
debe pedir el consentimiento informado al representante
legal. Si dicho representante no está disponible
y si no se puede retrasar la investigación, el
estudio puede llevarse a cabo sin consentimiento informado,
siempre que las razones específicas para incluir
a individuos con una enfermedad que no les permite otorgar
consentimiento informado hayan sido estipuladas en el
protocolo de la investigación y el estudio haya
sido aprobado por un comité de ética de
investigación. El consentimiento para mantenerse
en la investigación debe obtenerse a la brevedad
posible del individuo o de un representante legal.
-
Los autores, directores y editores todos tienen obligaciones
éticas con respecto a la publicación de
los resultados de su investigación. Los autores
tienen el deber de tener a la disposición del público
los resultados de su investigación en seres humanos
y son responsables de la integridad y exactitud de sus
informes. Deben aceptar las normas éticas de entrega
de información. Se deben publicar tanto los resultados
negativos e inconclusos como los positivos o de lo contrario
deben estar a la disposición del público..En
la publicación se debe citar la fuente de financiamiento,
afiliaciones institucionales y conflictos de intereses.
Los informes sobre investigaciones que no se ciñan
a los principios descritos en esta Declaración
no deben ser aceptados para su publicación.
- PRINCIPIOS APLICABLES CUANDO LA INVESTIGACION MEDICA SE COMBINA
CON LA ATENCION MEDICA
-
El médico puede combinar la investigación
médica con la atención médica, sólo
en la medida en que tal investigación acredite
un justificado valor potencial preventivo, diagnóstico
o terapéutico y si el médico tiene buenas
razones para creer que la participación en el estudio
no afectará de manera adversa la salud de los pacientes
que toman parte en la investigación.
-
Los posibles beneficios, riesgos, costos y eficacia
de toda intervención nueva deben ser evaluados
mediante su comparación con la mejor intervención
probada existente, excepto en las siguientes circunstancias:
- El uso de un placebo, o ningún tratamiento,
es aceptable en estudios para los que no hay una intervención
probada existente.
-
Cuando por razones metodológicas, científicas
y apremiantes, el uso de un placebo es necesario para
determinar la eficacia y la seguridad de una intervención
que no implique un riesgo, efectos adversos graves o daño
irreversible para los pacientes que reciben el placebo
o ningún tratamiento. Se debe tener muchísimo
cuidado para evitar abusar de esta opción.
-
Al final de la investigación, todos los pacientes
que participan en el estudio tienen derecho a ser informados
sobre sus resultados y compartir cualquier beneficio,
por ejemplo, acceso a intervenciones identificadas como
beneficiosas en el estudio o a otra atención apropiada
o beneficios.
-
El médico debe informar cabalmente al paciente
los aspectos de la atención que tienen relación
con la investigación. La negativa del paciente
a participar en una investigación o su decisión
de retirarse nunca debe perturbar la relación médico-paciente.
-
Cuando en la atención de un enfermo las intervenciones
probadas han resultado ineficaces o no existen, el médico,
después de pedir consejo de experto, con el consentimiento
informado del paciente o de un representante legal autorizado,
puede permitirse usar intervenciones no comprobadas, si,
a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la vida,
restituir la salud o aliviar el sufrimiento. Siempre que
sea posible, tales intervenciones deben ser investigadas
a fin de evaluar su seguridad y eficacia. En todos los
casos, esa información nueva debe ser registrada
y, cuando sea oportuno, puesta a disposición del
público.
22.10.2008
|