Abril 2007 - Sexo y Género
La Declaración Universal sobre Derechos Humanos
estipula en el Artículo 1 que "Todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos" y en el Artículo
2, "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados
en esta Declaración, sin distinción alguna de raza,
color, sexo..." Lamentablemente, la prohibición de
discriminación en base al sexo por lo general no se aplica.
La atención médica en general y la medicina en particular
también experimentan esta discriminación. Sin embargo,
se hacen esfuerzos para identificarla y abordarla cuando se presenta.
Reconocer la igualdad entre hombres y mujeres no significa tratarlos
exactamente de la misma manera en todo orden de cosas. Existe
una distinción importante y necesaria entre sexo,
que se refiere a las diferencias biológicas entre mujeres
y hombres, y género, que se refiere a las características
sociales atribuidas, a menudo de manera arbitraria, a los hombres
y a las mujeres respectivamente. En salud, con frecuencia al parecer
no hay un reconocimiento suficiente de las diferencias sexuales
y hay una creencia injustificada en las diferencias de género.
Es obvio que existe una diferencia entre las anatomías
y hormonas masculinas y femeninas. Sin embargo, se reconocen mucho
menos otras diferencias fisiológicas entre los sexos. Tanto
en la investigación médica como en la práctica
clínica, los tratamientos estándares están
diseñados para los hombres y son aplicados a las mujeres
sin tomar en cuenta las diferencias potenciales de sus efectos
terapéuticos. Tradicionalmente, las mujeres no han sido
bien representadas en los ensayos clínicos. Una de las
razones dadas con frecuencia para esto es proteger el feto y los
infantes de medicamentos experimentales que podrían dañarlos.
Aunque este objetivo es legítimo, no justifica la falta
de realizar pruebas adecuadas de drogas para la seguridad, eficacia
y efectividad en las mujeres. Este es un ejemplo de una discriminación
equivocada contra la mujer al no considerar las diferencias pertinentes
entre los sexos.
Mientras esta discriminación de sexo a menudo está
oculta y no se nota, la discriminación de género
en la salud por lo general es bien evidente. Aquí también
es más probable que las mujeres experimenten dicha discriminación,
que es sólo un aspecto de su desvalorización más
general. Estas diferencias de género con frecuencia tienen
profundas raíces culturales, por lo que cuesta más
abordarlas y mucho más superarlas. Así y todo hay
razones para ser optimistas. Por ejemplo, la oposición
a la mutilación femenina parace ganar terreno en muchos
países. El acceso a los anticonceptivos ha mejorado en
la mayor parte del mundo, lo que ha producido una baja en la tasa
de nacimientos y un mejoramiento en la salud de la mujer. Las
mujeres han logrado igualdad en la admisión a las escuelas
de medicina e incluso han sobrepasado a los hombres en muchos
países.
La profesión médica tiene una mezcla de récord
con respecto a los requisitos del sexo y género para una
atención médica óptima. La AMM defiende el
trato igual de las mujeres y hombres en su Declaración
de Ginebra y Declaración
de Lisboa sobre los Derechos del Paciente. Ha condenado
el feticidio femenino y la mutilación
genital de la mujer y promovido la planificación
familiar y el derecho de la mujer a la anticoncepción
y el derecho de la mujer a la atención
médica y cómo esta se relaciona con la prevención
de la infección VIH de madre a hijo. Con respecto a
la inclusión de mujeres en los ensayos clínicos,
la Declaración de Helsinki de la AMM no se pronuncia. La
AMM tampoco ha entregado orientación a los médicos
sobre la necesidad de considerar el sexo y el género cuando
se diagnostique y se trate a sus pacientes.
También queda por mejorar la eliminación de la
discriminación por género en la profesión
médica. No siempre se motiva o se hace sentir bienvenidas
a las estudiantes de medicina en ciertas especialidades, como
la cirugía. Las doctoras enfrentan las mismas barreras
para avanzar en sus carreras que sus colegas en otros campos.
Los organismos directivos de la AMM y de muchas asociaciones médicas
nacionales necesitan aumentar significativamente sus miembros
femeninas, a fin de lograr una representación adecuada
de género entre sus miembros y una atención a las
necesidades de las pacientes y doctoras.
Febrero 2007 - Código Internacional
de Etica Médica
El código de ética de una profesión es un
resumen de los deberes y responsabilidades de los miembros de
dicha profesión. Sirve para dar a conocer a los profesionales
actuales y futuros estos deberes y responsabilidades y para informar
a los receptores de sus servicios y al público en general
sobre lo que pueden esperar de la interacción con los miembros
de la profesión.
Los antecesores de los códigos de ética médica
fueron los preceptos éticos de médicos ilustres
como Hipócrates en Grecia, Caraka en India, Sun Szu-miao
en China, Haly Abbas en Persia, Maimonides en Egipto y Thomas
Percival en Inglaterra. El primer código de ética
moderno probablemente fue el de la Asociación Médica
de Estados Unidos recién fundada en 1847. Desde esa época,
muchas asociaciones médicas nacionales (AMNs), si no la
mayoría, tienen sus propios códigos. En algunos
países, estos códigos forman parte de la legislación
o las regulaciones que rigen la práctica de la medicina,
en cambio en otros lugares la AMN es responsable de preparar su
propio código.
Cuando la AMM fue creada en 1947, sus miembros acordaron que
la prioridad número uno era la preparación del Código
Internacional de Etica Médica que amalgamara un conjunto
de deberes y responsabilidades para todos los médicos del
mundo. A pesar de las grandes diferencias culturales, geográficas
y económicas entre los países representados en ese
entonces en la AMM, la tarea fue lograda sólo dos años
después. Este documento ha sido revisado sólo tres
veces desde su adopción, en 1968, 1983 y la más
reciente en octubre de 2006, durante la Asamblea General de la
AMM.
El formato del Código Internacional no ha cambiado a lo
largo de sus seis décadas de existencia. Todavía
tiene tres secciones: deberes del médico en general, deberes
del médico hacia sus pacientes (cambio de "a los enfermos")
y deberes del médico hacia sus colegas (cambio de "entre
ellos" para incluir a los colegas que no son médicos).
Cada revisión dio como resultado un documento un poco más
extenso que el anterior, pero el código sigue siendo una
declaración breve de preceptos éticos, no entrega
el razonamiento ético de los preceptos. Muchos de los temas
abordados en el código son tratados más a fondo
en las Declaraciones de la AMM.
En contraste con su formato, los contenidos del código
han cambiado a lo largo de los años para reflejar los avances
en la ciencia médica, los valores de la sociedad y la ética.
Entre los cambios más importantes están los siguientes:
- En la versión de 2006,
hay un nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE respetar el
derecho del paciente competente a aceptar o rechazar un tratamiento.""
La versión de 2006 estipula que "EL MEDICO NO DEBE
permitir que su opinión sea influenciada por beneficio
personal" (versiones anteriores) "o discriminación
injusta" (nueva).
- La alusión anterior a la auto publicidad de parte del
médico ha sido eliminada en la versión de 2006.
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE esforzarse por
utilizar los recursos de salud de la mejor manera para beneficio
de los pacientes y su comunidad."
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE buscar atención
y cuidados apropiadas si sufre una enfermedad mental o física."
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE respetar los códigos
de ética locales y nacionales."
- Sobre el aborto, el código de 1949 estipulaba: "El
médico debe recordar siempre la obligación de
preservar la vida humana desde la concepción. El aborto
terapéutico sólo puede realizarse si la conciencia
del médico y las leyes nacionales lo permiten".
Esto se cambió en la versión de 1983 a: "El
médico debe recordar siempre la obligación de
preservar la vida humana". La nueva versión dice:
"EL MEDICO DEBE recordar siempre la obligación de
respetar la vida humana".
- Sobre el secreto, el código de 1949 pedía a
los médicos que "mantuvieran el absoluto secreto
sobre todo lo que saben sobre su paciente por la confianza que
se le entrega". En 1983 esto se cambió a: "mantener
absoluto secreto sobre todo lo que se le haya confiado, incluso
después de la muerte del paciente". La versión
de 2006 dice: "EL MEDICO DEBE respetar el derecho del paciente
a la confidencialidad. Es ético revelar información
confidencial cuando el paciente otorga su consentimiento o cuando
existe una amenaza real e inminente de daño para el paciente
u otros y esta amenaza sólo puede eliminarse con la violación
del secreto".
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE, en situaciones
cuando represente a terceros, asegurarse que el paciente conozca
cabalmente dicha situación."
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO NO DEBE tener relaciones
sexuales con sus pacientes actuales, ni ninguna otra relación
abusiva o de explotación."
- El requisito previo "El médico no debe atraer
a los pacientes de sus colegas" ha sido cambiado a: "EL
MEDICO NO DEBE dañar la relación médico-paciente
de los colegas a fin de atraer pacientes".
- Nuevo párrafo: "EL MEDICO DEBE, cuando sea médicamente
necesario, comunicarse con los colegas que atienden al mismo
paciente. Esta comunicación debe respetar la confidencialidad
del paciente y limitarse a la información necesaria."
La AMM invita a todas las AMNs a revisar sus códigos de
ética para asegurarse de que sean consistentes con el Código
Internacional revisado. La AMM está dispuesta a dialogar
con otras asociaciones profesionales de la salud y organizaciones
de pacientes para analizar los entendimientos comunes de los derechos
y responsabilidades respectivos de todos los partícipes
en la salud.
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