Abril 2006 - Pago por órganos y tejidos humanos
Entre las muchas opciones para hacer frente a la escasez mundial
de órganos y tejidos para trasplantes, la llamada "solución
del mercado" ha llamado cada vez más la atención
durante los últimos años. Algunos de sus defensores
favorecen el uso del mercado libre para todas las transacciones
y no encuentran razones para que los órganos y los tejidos
sean una excepción. Critican a los gobiernos que prohíben
la venta de un riñón, pero permiten las compensaciones
por sangre, óvulos y espermios.
Otros defensores del mercado citan la existencia del creciente
tráfico ilegal de órganos y considean que como esa
compra y venta probablemente no puede ser eliminada, debe al menos
ser regulada.
China ha sido acusada por mucho tiempo de vender los órganos
de prisioneros ejecutados a receptores de trasplante extranjeros,
en diciembre de 2005, el Ministro de Salud subrogante chino, Huang
Jiefu, admitió que esta es una práctica común,
pero prometió cambiarla. En marzo de 2005, el Ministerio
de Salud publicó nuevas normas, efectivas el 1 de julio,
que prohíben la compra y venta de órganos. La extirpación
de órganos necesitará la autorización por
escrito del donante y sólo algunos establecimientos médicos
reconocidos estarán autorizados a realizar trasplantes.
La profesión médica se ha opuesto tradicionalmente
a la comercialización de partes del cuerpo humano. La Declaración
de la AMM sobre la Donación y el Trasplante de Organos
y Tejidos Humanos (actualmente en revisión) establece:
"El pago por órganos y tejidos para donación
y trasplante debe estar prohibido. El incentivo económico
compromete el carácter voluntario de la decisión
y la base altruista de la donación de órganos y
tejidos. Además, el acceso al tratamiento médico
necesario, basado en la capacidad de pago, es inconsistente con
los principios de justicia. Los órganos que se sospeche
hayan sido obtenidos a través de una transacción
comercial no se deben aceptar para un trasplante. Además,
se debe prohibir la publicidad sobre órganos. Sin embargo,
se permite el reembolso razonable de los gastos como los de la
obtención, transporte, procesamiento, preservación
e implantación."
La principal asociación internacional de especialistas
en trasplantes, The
Transplantation Society, se ha opuesto firmemente a la "donación"
pagada de órganos en las últimas dos décadas:
"los órganos y tejidos se deben dar libremente sin
consideración comercial o ganancia económica...".
La Organización Mundial de la Salud también se
opone a la venta de órganos y tejidos. En 1991, la Asamblea
Mundial de la Salud adoptó un conjunto de Principios
Rectores sobre el Trasplante de Organos Humanos que estipula:
"El cuerpo humano y sus partes no pueden utilizarse para
transacciones comerciales. El dar o recibir pago (incluida cualquier
otra compensación o recompensa) por órganos debe
estar prohibido." En mayo de 2004, la Asamblea Mundial de
la Salud adoptó una resolución
que insta a los Estados miembros a "tomar las medidas para
proteger a los grupos más pobres y vulnerables del "turismo
de trasplante" y de la venta de tejidos y órganos,
incluida la atención del problema mayor de tráfico
internacional de tejidos y órganos humanos".
Por último, muchos gobiernos han prohibido las transacciones
comerciales de partes del cuerpo humano, ya sea para trasplante
o para otra finalidad. Del mismo modo, el Consejo de Europa en
su Additional
Protocol to the Convention on Human Rights and Biomedicine, on
Transplantation of Organs and Tissue of Human Origin, prohíbe
las ganancias económicas del cuerpo humano y sus partes,
incluido el tráfico de órganos y tejidos.
Una asociación médica que ha apoyado con cautela
un programa piloto de incentivos económicos para "futuros
contratos" en relación con las "donaciones"
de órganos es la Asociación Médica de Estados
Unidos. En su política sobre Ethical
Aspects of Future Contracts for Cadaveric Donors, propone
que se le permita a un adulto mientras esté capacitado
a donar sus órganos después de muerto. A cambio,
el organismo estatal apropiado se compromete a proporcionar cierta
remuneración económica a la familia del donante
una vez que los órganos hayan sido extraídos y se
haya comprobado que son médicamente aceptables para un
trasplante. El programa de la AMA incluye una serie de medidas
de seguridad a fin de evitar el abuso del sistema.
Marzo 2006 - El Derecho a la Salud
La Constitución
de la Organización Mundial de la Salud estipula que
"el goce de los más altos niveles de salud es uno
de los derechos fundamentales de cada ser humano...". Las
declaraciones internacionales sobre derechos humanos, como el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales y la Convención sobre los Derechos del Niño
respaldan el derecho a la salud y solicitan a las naciones adherentes
respetarlo.
A pesar de la amplia aceptación, aunque no universal,
del derecho a la salud, tanto su significado como su aplicación
son problemáticos. No significa un derecho a estar sano,
ya que la mayoría de las enfermedades no se puede prevenir
ni curar. Tampoco significa que las personas tienen derecho a
todos los servicios de salud que necesitan, puesto que la demanda
de estos servicios es mucho más alta que su disponibilidad
incluso en los países más ricos. Al parecer, hay
un acuerdo general sobre que el derecho a la salud incluye un
requisito mínimo en cuanto a que las personas deben ser
protegidas de acciones que dañen su salud. Hay mucho desacuerdo
con respecto a si las personas tienen derecho además a
un acceso igualitario a la atención médica que necesitan
en sus países o en otro lugar. Algunos países aceptan
y promueven este derecho, mientras que en otros el acceso a la
atención depende en gran medida de los recursos económicos
de cada uno.
Incluso cuando el derecho a la salud es aceptado, a menudo es
difícil implementarlo debido a la grave escasez de recursos.
Este es el caso de muchos países en desarrollo, aunque
algunos, por ejemplo Sri Lanka, han logrado promover un acceso
equitativo a sus limitados recursos de salud con resultados muy
positivos para el nivel de salud general de la población.
En 2000, el Comité
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, creado
para controlar el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, publicó un informe sobre el derecho
a la salud. Interpretó este derecho "como un derecho
exclusivo que se extiende no sólo a una atención
médica oportuna y apropiada, sino que también a
los otros determinantes de la salud, como el acceso al agua potable
y a una higiene pública adecuada, un suministro adecuado
de alimentos seguros, nutrición y vivienda, condiciones
de trabajo y ambientales saludables y acceso a educación
e información relacionadas con la salud, incluida la salud
sexual y reproductora. Otro aspecto importante es la participación
de la población en todas las decisiones relativas a la
salud a nivel comunitario, nacional e internacional." Según
el comité, los países tienen las siguientes obligaciones
con el derecho a la salud: "El derecho a la salud, como todos
los derechos humanos, impone tres tipos o niveles de obligaciones
a los países: las obligaciones de respetar, proteger y
cumplir. A su vez, la obligación de cumplir contiene las
obligaciones de facilitar, proporcionar y promover...La obligación
de respetar requiere que los países no intervengan directa
o indirectamente en el goce del derecho a la salud. La obligación
de proteger requiere que los países tomen las medidas para
evitar que terceros intervengan en lo que garantiza el artículo
12. Por último, la obligación de cumplir requiere
que los países adopten medidas legislativas, administrativas,
presupuestarias, judiciales, promocionales y otras medidas para
el cumplimiento total del derecho a la salud."
También en 2000, la Asamblea General de la ONU adoptó
la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, la que
incluye ocho Objetivos
de Desarrollo del Milenio para 2015. Cinco de ellos se relacionan
con el derecho a la salud: erradicar la extrema pobreza y el hambre,
reducir la mortalidad de los niños menores de cinco años,
mejorar la salud materna, combatir la propagación de enfermedadees,
en especial el SIDA y el paludismo, y garantizar la sostenibilidad
del medio ambiente.
En 2002, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU nombró
por un período de tres años un Rapporteur
especial cuyo mandato se centra en el derecho de cada uno
al goce de los más altos niveles de salud física
y mental. El mandato fue extendido en 2005 por tres años
y se le pidió al rapporteur especial, entre otras cosas,
"reunir, solicitar, recibir e intercambiar información
de todas las fuentes pertinentes, incluido los gobiernos, las
organizaciones intergubernamentales y las no gubernamentales sobre
la realización del derecho de cada uno al goce de los más
altos niveles de salud física y mental."
Las asociaciones médicas no se han pronunciado mucho sobre
el derecho a la salud en general, pero tienden a tratar derechos
específicos. Los principales documentos de la AMM sobre
esto son la Declaración de Lisboa
sobre los Derechos del Paciente y la Declaración
de Ottawa sobre el Derecho del Niño a la Atención
Médica. En 1998, la Asamblea General de la AMM adoptó
una Resolución sobre la Mejor
Inversión en la Atención Médica que,
aunque no menciona el derecho a la salud, sin embargo, insta a
los gobiernos y organismos intergubernamentales a facilitar las
condiciones necesarias para el ejercicio de este derecho, en especial
el acceso a la atención de buena calidad.
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