Septiembre 2004 - Doble Obligación
Cuando los médicos tienen responsabilidades ante sus pacientes
y ante terceros y cuando dichas responsabilidades son incompatibles,
se encuentran en una situación de "doble obligación".
Los terceros que exigen obligación o lealtad del médico
incluyen los gobiernos, empleadores (hospitales y organizaciones
de atención médica), aseguradores, oficiales militares,
policía, personal de prisiones y familiares. Aunque el
Código Internacional de Etica Médica de la
AMM estipula que "El médico debe a sus pacientes toda
su lealtad", por lo general se acepta que en casos excepcionales
el médico tenga que poner los intereses de otros por sobre
los del paciente. El desafío ético está en
decidir cuándo y cómo proteger al paciente frente
a las presiones de terceros.
Las situaciones de doble obligación incluyen un espectro
desde en los que los intereses de la sociedad debe prevalecer
hasta en los que los intereses del paciente son claramente más
importantes. Entre los dos extremos hay una zona nebulosa en la
que se necesita mucho discernimiento para decidir lo que es correcto.
En un extremo de este expectro están las exigencias de
informe obligatorio a los pacientes que sufren ciertas enfermedades,
los que no pueden conducir o los que se sospecha maltratan a los
niños. Los médicos pueden cumplir con estas exigencias
sin titubeos, aunque se debe informar a los pacientes de dichos
informes.
En el otro extremo, hay solicitudes u órdenes de la polícía
o militares para tomar parte en prácticas que violan los
derechos humanos fundamentales, como la tortura. En su Resolución
de 2003 sobre la Responsabilidad de los Médicos en la Denuncia
de Torturas o Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes de los que
Tengan Conocimiento la AMM proporciona una orientación
específica a los médicos que están en esta
situación. En particular, los médicos deben mantener
su independencia profesional a fin de determinar qué es
lo mejor para el paciente y deben respetar, en lo posible, los
requisitos éticos normales del consentimiento informado
y la privacidad. Toda transgresión de estos requisitos
debe ser justificada y debe ser informada al paciente. Los médicos
deben informar a las autoridades correspondientes toda interferencia
injustificada en la atención de los pacientes, en especial
si se niegan los derechos humanos fundamentales.
Más cerca del centro del espectro se encuentran las prácticas
de algunos programas de atención médica administrada
que limitan la autonomía clínica de los médicos
para determinar cómo deben tratar a sus pacientes. Aunque
estas prácticas no son necesariamente contrarias a lo que
es mejor para el paciente, lo pueden ser y los médicos
deben considerar cuidadosamente si deben participar en dichos
programas. Si no tienen ninguna opción, por ejemplo cuando
no existen programas alternativos, deben defender con tenacidad
a sus propios pacientes y a través de sus asociaciones
médicas, para las necesidades de todos los pacientes afectados
por dichas políticas restrictivas.
Una forma especial de doble obligación es el conflicto
de intereses potencial o real entre un médico y una entidad
comercial por un lado y los pacientes o la sociedad por otro.
Las compañías farmacéuticas, los fabricantes
de aparatos médicos y otras organizaciones comerciales
ofrecen con frecuencia a los médicos obsequios y otros
beneficios que van de muestras gratis, viajes y alojamiento en
eventos educacionales a remuneraciones excesivas por actividades
de investigación. Un motivo recurrente para esta conducta
de la compañía es convencer al médico de
prescribir o utilizar los productos de la compañía,
que puede que no sean los mejores para los pacientes del médico.
La AMM prepara normas para los médicos en estas situaciones
y muchas asociaciones médicas nacionales ya cuentan con
sus propias normas. El principal principio ético de estas
normas es que los médicos deben resolver cualquier conflicto
entre sus propios intereses y los de sus pacientes a favor de
sus propios pacientes.
Un recurso importante para los médicos y otros profesionales
de la salud en situaciones de doble obligación es el informe
Dual Loyalty Working Group, iniciativa de Physicians for Human
Rights y el School of Public Health and Primary Health Care de
la Universidad de Ciudad del Cabo, Sudáfrica: Dual
Loyalty & Human Rights in Health Professional Practice: Proposed
Guidelines & Institutional Mechanisms. El informe contiene
capítulos sobre la dimensión del problema, normas
generales propuestas para la práctica profesional, normas
propuestas para la práctica en casos difíciles y
mecanismos institucionales para proteger los derechos humanos
en la práctica de la salud.
Los médicos que trabajan en prisiones tienen muchos conflictos
de doble obligación. Para ayudarlos y abordar estos problemas,
la Asociación Médica de Noruega, en colaboración
con la AMM, ofrece un curso por internet sobre derechos humanos
y ética dirigido específicamente a los médicos
de prisiones. Se puede consultar en la siguiente dirección:
www.wma.net/s/webcourse_2004.htm
Agosto 2004 - Las patentes y la salud
del ser humano
Hasta hace poco el patentar productos de salud era relativamente
fácil. El principal punto de disputa era la duración
de la protección de la patente, lo que determinaba cuando
se podía disponer de versiones genéricas de los
medicamentos patentados.
Durante la última década, sin embargo, el patentar
se ha vuelto un acto de controversia en lo que se relaciona con
la salud. Hay dos temas que han llamado la atención de
las organizaciones de salud, expertos en ética y otras
partes interesadas: el patentar las formas de vida, incluidos
los genes humanos, las secuencias genéticas y las células
madre embriónicas, y el uso de patentes para restringir
la producción de medicamentos más baratos para enfermedades
como el sida, especialmente en países en desarrollo.
A pesar de la fuerte oposición de grupos religiosos, defensores
del ambiente y otros interesados, los organismos genéticamente
modificados han sido patentados en Europa, Estados Unidos y varias
otras jurisdicciones desde los años ochenta. Sin embargo,
ahora hay mucha controversia sobre la extensión en que
los seres humanos, o sus partes, deben estar exemptos de patentado.
El Proyecto Genoma Humano de los años noventa identificó
casi todos los aproximadamente 30.000 genes humanos y sus secuencias,
se han otorgado patentes para muchas de ellas. No obstante, hay
una gran oposición a patentar el ADN humano, incluso cuando
está aislado de su entorno natural, las autoridades europeas
y estadounidenses que otorgan patentes están ahora volviendo
a evaluar los requisitos para patentar las secuencias de genes.
Una asociación médica que ha abordado este tema
es la American Medical Association en sus informes del Consejo
de Asuntos Científicos de 2000 y 2001: Patenting
of Genes and Their Mutations y Gene
Patenting: Utility Examination Guidelines
Otra controversia sobre la aplicación de la protección
de patentes ha surgido con respecto a las células madre
embriónicas humanas e incluso a embriones completos que
han sido creados in vitro.
La AMM no ha abordado todavía el tema de la ética
de patentar formas humanas, incluido el ADN y las células
madre. La única política sobre patentes es la Declaración
de 1999 sobre Patentado de las Técnicas
Médicas. Esta declaración se opone al patentado
de las técnicas médicas en base a que esto traería
serios riesgos a la práctica eficaz de la medicina al limitar
potencialmente la disponibilidad de nuevos procedimientos para
los pacientes, por lo que es contrario a la ética y a los
valores del profesionalismo médico. Sin embargo, la declaración
aprueba el patentado de aparatos médicos.
El segundo problema de patentes relacionado con la salud es la
disponibilidad de medicamentos genéricos de bajo costo
en países en desarrollo. Este fue un tema de difíciles
negociaciones en las reuniones de la Organización Mundial
de Comercio y fue solucionado en parte en 2003 a través
de la Declaración
relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública.
Sin embargo, todavía hay muchas cuestiones relacionadas
sobre si es apropiada la protección de patentes en los
asuntos de salud pública. Para abordar esto la OMS ha creado
una Comisión
sobre los Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación
y Salud Pública.
Algo relacionado es el efecto negativo de la protección
de patentes en la investigación médica. Las patentes
se han otorgado a los productos y procedimientos y los investigadores
a menudo necesitan utilizar múltiples productos y procedimientos
en su trabajo. A fin de evitar infringir las patentes, incluso
con la "excepción de investigación" que
permite un derecho limitado a los investigadores de experimentar
con una invención patentada, ellos deben realizar grandes
esfuerzos para identificar a los dueños de las patentes
y, cuando es necesario, obtener las licencias para utilizar los
productos y procedimientos patentados. Esto aumenta los costos
de la investigación y de los productos resultantes.
Debido al enorme impacto que tienen las políticas de patentado
en la salud humana, las asociaciones médicas nacionales,
otras organizaciones de salud y expertos en ética necesitan
estudiar estos temas cuidadosamente y participar a nivel nacional
e internacional en los esfuerzos destinados a encontrar soluciones
óptimas a los problemas descritos con anterioridad.
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