Unidad de Etica













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Septiembre 2004 - Doble Obligación

Cuando los médicos tienen responsabilidades ante sus pacientes y ante terceros y cuando dichas responsabilidades son incompatibles, se encuentran en una situación de "doble obligación". Los terceros que exigen obligación o lealtad del médico incluyen los gobiernos, empleadores (hospitales y organizaciones de atención médica), aseguradores, oficiales militares, policía, personal de prisiones y familiares. Aunque el Código Internacional de Etica Médica de la AMM estipula que "El médico debe a sus pacientes toda su lealtad", por lo general se acepta que en casos excepcionales el médico tenga que poner los intereses de otros por sobre los del paciente. El desafío ético está en decidir cuándo y cómo proteger al paciente frente a las presiones de terceros.

Las situaciones de doble obligación incluyen un espectro desde en los que los intereses de la sociedad debe prevalecer hasta en los que los intereses del paciente son claramente más importantes. Entre los dos extremos hay una zona nebulosa en la que se necesita mucho discernimiento para decidir lo que es correcto.

En un extremo de este expectro están las exigencias de informe obligatorio a los pacientes que sufren ciertas enfermedades, los que no pueden conducir o los que se sospecha maltratan a los niños. Los médicos pueden cumplir con estas exigencias sin titubeos, aunque se debe informar a los pacientes de dichos informes.

En el otro extremo, hay solicitudes u órdenes de la polícía o militares para tomar parte en prácticas que violan los derechos humanos fundamentales, como la tortura. En su Resolución de 2003 sobre la Responsabilidad de los Médicos en la Denuncia de Torturas o Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes de los que Tengan Conocimiento la AMM proporciona una orientación específica a los médicos que están en esta situación. En particular, los médicos deben mantener su independencia profesional a fin de determinar qué es lo mejor para el paciente y deben respetar, en lo posible, los requisitos éticos normales del consentimiento informado y la privacidad. Toda transgresión de estos requisitos debe ser justificada y debe ser informada al paciente. Los médicos deben informar a las autoridades correspondientes toda interferencia injustificada en la atención de los pacientes, en especial si se niegan los derechos humanos fundamentales.

Más cerca del centro del espectro se encuentran las prácticas de algunos programas de atención médica administrada que limitan la autonomía clínica de los médicos para determinar cómo deben tratar a sus pacientes. Aunque estas prácticas no son necesariamente contrarias a lo que es mejor para el paciente, lo pueden ser y los médicos deben considerar cuidadosamente si deben participar en dichos programas. Si no tienen ninguna opción, por ejemplo cuando no existen programas alternativos, deben defender con tenacidad a sus propios pacientes y a través de sus asociaciones médicas, para las necesidades de todos los pacientes afectados por dichas políticas restrictivas.

Una forma especial de doble obligación es el conflicto de intereses potencial o real entre un médico y una entidad comercial por un lado y los pacientes o la sociedad por otro. Las compañías farmacéuticas, los fabricantes de aparatos médicos y otras organizaciones comerciales ofrecen con frecuencia a los médicos obsequios y otros beneficios que van de muestras gratis, viajes y alojamiento en eventos educacionales a remuneraciones excesivas por actividades de investigación. Un motivo recurrente para esta conducta de la compañía es convencer al médico de prescribir o utilizar los productos de la compañía, que puede que no sean los mejores para los pacientes del médico. La AMM prepara normas para los médicos en estas situaciones y muchas asociaciones médicas nacionales ya cuentan con sus propias normas. El principal principio ético de estas normas es que los médicos deben resolver cualquier conflicto entre sus propios intereses y los de sus pacientes a favor de sus propios pacientes.

Un recurso importante para los médicos y otros profesionales de la salud en situaciones de doble obligación es el informe Dual Loyalty Working Group, iniciativa de Physicians for Human Rights y el School of Public Health and Primary Health Care de la Universidad de Ciudad del Cabo, Sudáfrica: Dual Loyalty & Human Rights in Health Professional Practice: Proposed Guidelines & Institutional Mechanisms. El informe contiene capítulos sobre la dimensión del problema, normas generales propuestas para la práctica profesional, normas propuestas para la práctica en casos difíciles y mecanismos institucionales para proteger los derechos humanos en la práctica de la salud.

Los médicos que trabajan en prisiones tienen muchos conflictos de doble obligación. Para ayudarlos y abordar estos problemas, la Asociación Médica de Noruega, en colaboración con la AMM, ofrece un curso por internet sobre derechos humanos y ética dirigido específicamente a los médicos de prisiones. Se puede consultar en la siguiente dirección: www.wma.net/s/webcourse_2004.htm

Agosto 2004 - Las patentes y la salud del ser humano

Hasta hace poco el patentar productos de salud era relativamente fácil. El principal punto de disputa era la duración de la protección de la patente, lo que determinaba cuando se podía disponer de versiones genéricas de los medicamentos patentados.

Durante la última década, sin embargo, el patentar se ha vuelto un acto de controversia en lo que se relaciona con la salud. Hay dos temas que han llamado la atención de las organizaciones de salud, expertos en ética y otras partes interesadas: el patentar las formas de vida, incluidos los genes humanos, las secuencias genéticas y las células madre embriónicas, y el uso de patentes para restringir la producción de medicamentos más baratos para enfermedades como el sida, especialmente en países en desarrollo.

A pesar de la fuerte oposición de grupos religiosos, defensores del ambiente y otros interesados, los organismos genéticamente modificados han sido patentados en Europa, Estados Unidos y varias otras jurisdicciones desde los años ochenta. Sin embargo, ahora hay mucha controversia sobre la extensión en que los seres humanos, o sus partes, deben estar exemptos de patentado. El Proyecto Genoma Humano de los años noventa identificó casi todos los aproximadamente 30.000 genes humanos y sus secuencias, se han otorgado patentes para muchas de ellas. No obstante, hay una gran oposición a patentar el ADN humano, incluso cuando está aislado de su entorno natural, las autoridades europeas y estadounidenses que otorgan patentes están ahora volviendo a evaluar los requisitos para patentar las secuencias de genes.

Una asociación médica que ha abordado este tema es la American Medical Association en sus informes del Consejo de Asuntos Científicos de 2000 y 2001: Patenting of Genes and Their Mutations y Gene Patenting: Utility Examination Guidelines

Otra controversia sobre la aplicación de la protección de patentes ha surgido con respecto a las células madre embriónicas humanas e incluso a embriones completos que han sido creados in vitro.

La AMM no ha abordado todavía el tema de la ética de patentar formas humanas, incluido el ADN y las células madre. La única política sobre patentes es la Declaración de 1999 sobre Patentado de las Técnicas Médicas. Esta declaración se opone al patentado de las técnicas médicas en base a que esto traería serios riesgos a la práctica eficaz de la medicina al limitar potencialmente la disponibilidad de nuevos procedimientos para los pacientes, por lo que es contrario a la ética y a los valores del profesionalismo médico. Sin embargo, la declaración aprueba el patentado de aparatos médicos.

El segundo problema de patentes relacionado con la salud es la disponibilidad de medicamentos genéricos de bajo costo en países en desarrollo. Este fue un tema de difíciles negociaciones en las reuniones de la Organización Mundial de Comercio y fue solucionado en parte en 2003 a través de la Declaración relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública. Sin embargo, todavía hay muchas cuestiones relacionadas sobre si es apropiada la protección de patentes en los asuntos de salud pública. Para abordar esto la OMS ha creado una Comisión sobre los Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública.

Algo relacionado es el efecto negativo de la protección de patentes en la investigación médica. Las patentes se han otorgado a los productos y procedimientos y los investigadores a menudo necesitan utilizar múltiples productos y procedimientos en su trabajo. A fin de evitar infringir las patentes, incluso con la "excepción de investigación" que permite un derecho limitado a los investigadores de experimentar con una invención patentada, ellos deben realizar grandes esfuerzos para identificar a los dueños de las patentes y, cuando es necesario, obtener las licencias para utilizar los productos y procedimientos patentados. Esto aumenta los costos de la investigación y de los productos resultantes.

Debido al enorme impacto que tienen las políticas de patentado en la salud humana, las asociaciones médicas nacionales, otras organizaciones de salud y expertos en ética necesitan estudiar estos temas cuidadosamente y participar a nivel nacional e internacional en los esfuerzos destinados a encontrar soluciones óptimas a los problemas descritos con anterioridad.



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