Resolucion de la AMM sobre la No Comercializacion de Material Reproductivo Humano


Adoptada por la 54a Asamblea General de la AMM, Helsinki, Septiembre 2003

CONSIDERANDO

  1. Que el principio de que "el cuerpo humano y sus partes no generará, como tal, ganancias económicas" está estipulado en varias declaraciones y recomendaciones internacionales;
  2. Que la Declaración de la AMM sobre la Fecundación In Vitro y el Trasplante de Embriones de 1987 condena expresamente toda comercialización en la que se ofrezcan óvulos, semen o embriones para la compra o venta y que la Declaración de la AMM sobre la Donación y Trasplante de Organos y Tejidos Humanos hace un llamado para la prohibición de la venta de órganos y tejidos para trasplante;
  3. Que, sin embargo, óvulos, semen o embriones humanos son ofrecidos para la venta en Internet y en otros lugares;
  4. Que hasta ahora los gobiernos nacionales no han tenido éxito en la prohibición de esta actividad comercial;
  5. Que la compensación monetaria a las fuentes individuales por pérdidas económicas relacionadas con la obtención de material reproductivo sea diferenciada del pago por la compra de material reproductivo.

LA AMM HACE UN LLAMAMIENTO A:

  1. Que las AMNs insten a sus gobiernos a promulgar legislación que prohíba las transacciones comerciales de óvulos, semen y embriones humanos; y
  2. Que los médicos que toman parte en la obtención y la utilización de óvulos, semen y embriones se aseguren que dicho material no haya sido adquirido de fuente individual. Así pueden contribuir, de manera práctica, a defender el principio ético de "no comercialización del tejido reproductivo humano".

17.9.2003